La Administración Distrital indicó que, debido a la declaración de contingencia por la interrupción de los servicios informáticos a cargo de la entidad, no ha sido posible la generación de recibos para el pago de obligaciones por parte de los interesados, motivo por el cual, la entidad dispuso la aplicación del descuento del 20% del capital adeudado, sin cobro de sanciones, ni intereses previsto en el artículo 7 Decreto Legislativo 678 de 2020, para las personas que hubiesen expresado su voluntad de acogerse a dicho descuento hasta el día 20 de octubre de 2020.
ResSDH00452_2020