El Decreto 1089 del 3 de agosto de 2020 reglamenta el artículo 2581-1 del Estatuto tributario , este artículo indica que los responsables del impuesto sobre las ventas IVA podrán descontar del impuesto sobre la renta a cargo, correspondiente al año en el que se efectúe su pago, o en cualquiera de los periodos gravables siguientes, el impuesto sobre las ventas -IVA pagado por la adquisición, construcción o formación e importación de activos fijos reales productivos, incluyendo el asociado a los servicios necesarios e imprescindibles para ponerlos en condiciones de utilización.
Los activos sobre los cuales se puede tomar el iva como crédito en el impuesto de renta son: