Informe por ventas en días Sin Iva

Vertice Accounts > Noticias > Informe por ventas en días Sin Iva

Los responsables de IVA que en los días 19 de junio, 3 y 19 de julio vendan sin IVA los bienes cubiertos por el Decreto Ley 682 deberán entregar a la Dian el informe de estas ventas a más tardar el 31 de agosto de 2020.

La no entrega de la información será un acto sancionable según el articulo 651 del ET, esto es la misma sanción que aplica para la información exógena.

La información debe ser presentada en forma virtual utilizando los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, haciendo uso del instrumento de firma electrónica (IFE) emitido por la DIAN.

Los valores se deben informar en pesos, sin decimales, ni comas, ni fórmulas

La información que solicita la Dian en la resolución 000064 de 18 de junio de 2020 es la siguiente:

a. Tipo de documento del comprador

b. Número de identificación del comprador

c. Nombre del comprador

d. Tipo de factura

e. Número de la Factura o documento equivalente emitido al comprador

f. Lugar y Fecha de la Factura o documento equivalente

g. Género del bien cubierto

h. Número de unidades

i. Unidad de medida

j. Descripcion del (los) bien (es) comprado (s)

k. Valor unitario del bien y valor total de los bienes vendidos con exención

l. Medio de pago

m. Tipo de documento del tarjetahabiente o remitente del pago

n. Identificación del tarjetahabiente o remitente del pago

o. Nombre e identificación del tarjetahabiente o remitente de pago

p. Número de comprobante de pago

q. Fecha de entrega de la mercancia vendida

r. Precio de venta al público al primero (1) junio de 2020

RES-000064-20

Deja tu comentario