El aporte recibido para la nómina tiene las siguientes características:
No están sujetos a retención en la fuente.
Es un Ingreso gravado con el impuesto de Renta, es decir es un ingreso fiscal que debe ser llevado a la declaración de renta, pero el efecto es nulo pues se cruza con el gasto de nómina del correspondiente empleado por quien se recibió el aporte.
Este aporte no está gravado con IVA, pues no es uno de los hechos generadores de este impuesto.
No se facturan.
El Tercero al contabilizar el ingreso será el Ministerio de Hacienda
Las anteriores consideraciones fueron expuestas por la Dian en concepto del 8 de junio de 2020.
CONCEPTO-DIAN-PAEF
