ScotiaBank sancionada con 356 millones. ¡Cuidado! Observar La Ley para la Protección de datos personales

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Con la Resolución 10720 de 2020 La Superintendencia de Industria y Comercio Sanciona a ScotiaBank Colpatria por $356.070.000, toda vez que encontró demostrado plenamente que dio tratamiento de una información personal de uno de sus clientes sin contar con su autorización previa, expresa e informada. Adicionalmente, ordena adoptar e implementar un procedimiento interno con el fin de verificar si los datos personales compartidos por terceros han sido autorizados por sus respectivos titulares de manera previa, expresa e informada y que se cuente con la constancia de dicha autorización. 

Recuerden que todas las empresas deben observar la Ley 1581 de 2012 Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.

Entre otras situaciones que llevaron a que ScotiaBank Colpatria sea sancionada se encuentra la inobservancia de las indicaciones de la Ley:

  1. Sin perjuicio de las excepciones previstas en la ley, en el Tratamiento se requiere la autorización previa e informada del Titular, la cual deberá ser obtenida por cualquier medio que pueda ser objeto de consulta posterior.
  2. Solicitar y conservar, en las condiciones previstas en la presente ley, copia de la respectiva autorización otorgada por el Titular;
Resolución-10720-Sanción-a-Banco-Colpatria

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