El Gobierno Nacional decretó la emergencia sanitaria por causa del COVID-19, y en tanto que los sectores económicos del país se han visto afectados en el desarrollo de sus operación, se ha establecido nuevas fechas para la presentación y pago de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2019 de los grandes contribuyentes y personas jurídicas.
El Decreto 435 del 19/03/2020 amplía una semana los plazos así: Con este decreto las nuevas fechas amplían los plazos de la siguiente manera,
Grandes contribuyentes declaración y pago 2ª cuota del 21 de abril al 5 de mayo de 2020

P.J. declaración y pago 1ª cuota del 21 de abril al 5 de mayo de 2020

Activos en el exterior para Grandes Contribuyentes del 21 de abril al 5 de mayo de 2020 y las Personas Jurídicas del 21 de abril al 19 de mayo de 2020, con la presentación de la declaración
En cuanto la fecha límite de pago del IVA del 1er cuatrimestre, 2º bimestre y el Impuestos al Consumo del 2º bimestre de los Bares, Restaurantes, cafeterías, agencias de viaje y operadores turísticos se extendió el plazo de pago al 30 de junio de 2020.


