De acuerdo con lo establecido en el Art. 1.2.1.7., del Decreto 2420 de 2015, compilatorio del Decreto 302 de 2015, los Contadores Públicos que presten servicios de revisoría fiscal, auditoría de información financiera, revisión de información financiera histórica u otros trabajos de aseguramiento, aplicarán en sus actuaciones profesionales las Normas Internacionales de Control de Calidad, contenidas en el anexo 4 de este Decreto.
Control-de-Calidad-Revisores-Fiscales