Al leer el articulo 268 de la ley 1955 de 2019 – Plan Nacional de Desarrollo -, generó la duda a uno de nuestros socios, si a las empresas de construcción les aplicaba el beneficio de las ZESE, ya que el articulo 268 hace mención a: «… y cuya actividad económica principal consista en el desarrollo de actividades industriales, agropecuarias o comerciales.».
La siguiente fue la respuesta recibida por parte de la Administración:
respuesta-dian
PREGUNTO; Las actividades de construcción se pueden acoger al Beneficio del Zese cumpliendo con la Normatividad