A la fecha no hay obligados a Facturar Electrónicamente

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Con el decaimiento de la Ley 1943 de 2018 (ley de Financiamiento) los actos administrativos que reglamentaban el sistema de facturación electrónica perdieron su obligatoriedad.

Como todos sabemos la facturación electrónica es un sistema de facturación según el articulo 616-1 del Estatuto Tributario.

Pero la exigencia para iniciar con la facturación electrónica, son los vigentes a partir del 1 de enero de 2020, y debido que hasta hoy 13 de febrero de 2020 no se han expedido actos administrativos obligando a iniciar con el sistema de facturación electrónica, no hay obligados a facturar electrónicamente, hasta que sea publicado la resolución con el nuevo calendario (actualmente en borrador).

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