La Dian indicó en la resolución 106 del 27 de noviembre de 2020, que el plazo máximo para enviar y entregar la información de las ventas exentas de IVA del 21 de noviembre de 2020 será el 1 de marzo de 2021, de lo contrario se puede exponer a sanciones como el cierre de establecimiento.
Resolucion-000106-de-27-11-2020
